Ley Antifraude Software.
¿No sabes cómo adaptar el software y cumplir con el nuevo Reglamento? ¡Te ayudamos!
Sanciones de más de 150.000 EUROS.
Reglamento AEAT — borrador — ya disponible.
Ley Antifraude software. Te acompañamos hasta que tu software (con contabilidad-gestión empresarial) cumpla la certificación final de la ley Antifraude artículo 201 bis ley 11-2021. Te asesoramos legalmente.

¿Qué ofrecemos?
Auditoría cumplimiento
Realizamos una auditoría y consultoría en el que determinamos el grado de cumplimiento del software con:
- Ley Antifraude Artículo 201 bis ley 11-2021 (España).
- Ticket BAI (País Vasco)
- NF 525 (Francia). Documentación en francés.
Recomendamos las adaptaciones, medidas, protocolos que requiera tu software y hacemos seguimiento de su implantación, homologación oficial hasta el final, sin ningún coste añadido. Nos basamos en buenas prácticas y normas internacionales aceptadas hasta su certificación final.
Informe CISA
Informe de adaptación firmado por un auditor CISA, perito colaborador con la justicia.
Servicios legales
Gracias a nuestro servicio legal formado por abogados expertos en la ley antifraude podemos ofrecer asesoramiento y acompañamiento jurídico, no solo en el cumplimiento de la ley, sino en contratos con clientes y distribuidores, así como en otras cuestiones relacionadas, como la gestión de versiones obsoletas de software implantadas en clientes, responsabilidades directas e indirectas, etc.
Tanto si eres fabricante o comercializador de sistemas y programas de tipo ERP o de emisión de facturas o de contabilidad como si tu empresa es usuaria de los mismos, nuestros abogados de Derecho Digital y Fiscal estudiarán las particularidades de vuestro caso y analizarán las posibles adaptaciones y/o comunicaciones a clientes o proveedores para informar y reclamar según corresponda.

¿A quién afecta?
La nueva «Ley Antifraude Software» afecta a cualquier empresa, pyme, comercio, autónomos, franquicias, cliente final que desarrolle, distribuya o utilice un software con herramientas de contabilidad, facturación, gestión empresarial* en él.
- Desarrolladores de software.
- Distribuidoras de software.
- Usuario final del software.
Sanciones
- Empresas desarrolladoras y distribuidores de software: más de 150.000 €/año de venta, distribución y/o desde su desarrollo.
¿De qué trata la Ley?
Bien, la nueva Ley prohíbe el uso, fabricación o comercialización de todo software que soporte procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, que permita una doble contabilidad (caja B), así como la alteración de las operaciones realizadas, de sus registros, legibilidad o acceso.
Por lo tanto, cualquier software que contenga procesos de contabilidad ó gestión empresarial, no debe permitir la alteración de sus datos contables, documentos de venta (facturas, tickets, albaranes…), registros, accesos, trazabilidad, ni de gestión en general. También obliga a que el software esté debidamente certificado al respecto.
La nueva Ley Antifraude busca la transparencia y la trazabilidad real de la contabilidad de las empresas.
Garantía y experiencia.
Firma y certificaciones
Validez internacional
- Auditor CISA por ISACA
- Auditor ANECA en el programa EURO-INF
- ISO27001 por SGS
- Ingeniero informático y telecomunicaciones
- Máster MBA, PDD, Ciberseguridad y Ciberdelitos (Deloitte)

Colaboramos con Justicia y AEAT.
- Auditores Digitalización Certificada AEAT
- Asesor digital en www.red.es
- Miembro Asociación de Peritos Colaboradores con la Justicia de las Comunidades de Madrid y Valencia.
- Perito auditor informático judicial certificado

Luis Vilanova Blanco
CEO
Oficinas en Madrid y Valencia
- Líderes en el mercado español.
- Presupuesto sin compromiso.
- Auditamos, asesoramos y acompañamos hasta la certificación final.
- Fases y metodología, auditoría e informe final.
- Te acompañamos durante TODO el proceso hasta que tu software cumpla.
- Zona privada con documentos de interés, normativas, para tu empresa y clientes.



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