Inspecciones software cumplimiento Ley Antifraude
Recientemente nos comentaba un cliente como — en una de sus instalaciones y tras una inspección — se les ha solicitado ya un informe de cumplimiento de la nueva ley Antifraude.
Recordando que las letras A – D aplican desde el 11 de octubre de 2021 y que el reglamento, ya en modo borrador avanzado, nos indica cómo debemos proteger la facturación, queremos desde este post hacer una llamada de advertencia a todas las empresas de desarrollo de software que genera facturas, procesos contables o gestión que pudieran permitir de forma directa o indirecta, facturación en paralelo o caja B.
Las primeras inspecciones ya son una realidad
Hace unos días, uno de nuestros clientes — que desarrolla y distribuye un ERP para el retail, con instalaciones onpremise y cloud, con más de 500 implantaciones— nos planteaba que necesitaba de nuestra parte un informe de auditoría de cumplimiento derivado de la inspección de uno de sus clientes.
En este caso y dado que ya llevamos trabajando con esta empresa aproximadamente un mes, le hemos dado pautas para cumplir de manera acelerada al máximo posible con la ley y el reglamento en modo borrador haciendo hincapié en las siguientes cuestiones:
- Integridad, basada en firma digital o hash encadenado.
- Trazabilidad multi funcional
- Copias seguras.
- … entre otras cuestiones.
Entendamos que para cumplir con el marco legal de las letras A-D del articulo 201 bis así como del reglamento una empresa necesita aproximadamente 2-3 meses de desarrollo.
Es por ello que recomendamos a todos los que aún no han iniciado el proceso de adopción a esta compleja ley que contacten con nosotros de manera inminente.
Contar con auditores, abogados y asesores fiscales que llevamos decenas de casos de éxito es fundamental para acertar con los controles y mejoras a aplicar, asi como los contratos o documentos que nuestros clientes deben conocer y cumplir en sus obligaciones.
Dejar de lado esta ley o bien dejar su cumplimiento en el equipo Informatico de desarrollo es un absoluto error dado que:
- No son auditores.
- No tienen experiencia con otras auditorias de la AEAT.
- Pueden no ser independientes.
- Necesidad de conocer controles adecuados al reglamento.
- Hemos auditado decenas de ERP de todo sector y tecnología.
- Nuestra firma tiene valor internacional.
- Colaboramos con importantes despachos de abogados.
Nuestro proceso de auditoria se basa en otras auditorias que ya trabajamos para la agencia tributaria, como la homologación de digitalización certificada de facturas. Nuestra auditoria tiene los siguientes bloques:
- Definición del alcance y perímetro de la solución.
- Estudio de los casos de uso que aplican a la ley antifraude y su nuevo reglamento.
- Análisis de fortalezas y debilidades.
- Escenarios de riesgo.
- Cumplimiento del reglamento.
- Recomendaciones y plan de acción.
- Documentos de adhesión y otros recomendables para evitar conflictos, dado que la ley también aplica a clientes y distribuidores.
Por todo esto NO ESPEREIS. Tened en cuenta que la aplicación del reglamento será al día siguiente de la publicación en el BOE.
Además, hemos creado recientemente una zona privada para nuestros clientes donde encuentran todo nuestro Know-how, como un completo Checklist para la certificación en base al reglamento borrador que ya encontrareis. podéis contactar sin compromiso con nosotros en este enlace