Próxima ponencia ley antifraude aplicable a software de facturación

Ponencia nueva ley antifraude

Queremos invitar a todos nuestros clientes e interesados a nuestra próxima ponencia en formato WEBINAR que realizaremos el 28 de octubre a las 11:00 h, Madrid (España).

Tras la última publicación de la Agencia Tributaria en su aviso sobre la entrada en vigor de los artículos 29.2.j) y 201.bis de la Ley General Tributaria, nos informa tanto de la entrada en vigor del 11 de octubre de 2021 de la ley como los apartados que quedan en principio, como no sancionables, con carácter temporal, en especial de los apartados (e) y (f).

Próxima ponencia ley antifraude aplicable a software de facturación

En esta, nuestra tercera de una serie de ponencias sobre esta temática, comentaremos como, lejos de relajarnos en su cumplimiento, por parte de las empresas de desarrollo tenemos que entender que ese comunicado deja en manos de la empresa que desarrolla el software de gestión y facturación toda la responsabilidad del cumplimiento, eliminando temporalmente la responsabilidad a los clientes finales sin eliminar o cambiar los epígrafes de cumplimiento.

La temporalidad de la NO sanción de los apartados (e) y (f) no es un motivo de alegría por dos razones:

  1. Por un lado para cumplir los apartados a al d debemos de implementar medidas de control que van, en la mayoría de los casos, relacionados directamente con las dimensiones de cumplimiento. Es decir, SÍ o SÍ debemos cumplir con las dimensiones y apartados (e) y (f).
  2. Por otro lado una de las conclusiones que estamos extrayendo de las colaboraciones con nuestros clientes, en general empresas de desarrollo software y clientes finales con software propio, el tiempo que necesitaran para adaptar su software a los apartados (e) y (f) no es menospreciable, es decir, todo lo que adelantan ahora es en pro de fortalecer el cumplimiento de su software a las dimensiones de auditoría de “…integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como su legibilidad por parte de los órganos competentes de la Administración Tributaria…”.

Como en los otros webinars previos, explicaremos las novedades de la ley, la experiencia que estamos teniendo con otros clientes y algunos de los escenarios de riesgo que la mayoría de software tiene. Hablaremos de nuestra metodología, de nuestra experiencia en otras auditorias similares, también para la agencia tributaria, y podremos compartir un rato distendido con las preguntas que nos realicéis al final del mismo.

¡TE AYUDAMOS!


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